La firmó Ron DeSantis: la ley poco conocida sobre construcción y prevención de incendios en Florida que entró en vigor el 1° de julio

Desde el 1° de julio de 2025, Florida puso en marcha una nueva legislación que afecta directamente a los procesos de construcción y prevención de incendios en edificios residenciales, comerciales y multifamiliares. La ley, conocida como HB 551, fue sancionada por el gobernador Ron DeSantis tras su aprobación en la Legislatura estatal y establece un marco más estricto y a la vez más ágil para los permisos, inspecciones y reportes vinculados a sistemas de alarmas y rociadores automáticos contra el fuego.

HB 551: la nueva ley de Florida que impacta en la construcción

Uno de los puntos centrales de la HB 551 consiste en acortar drásticamente los tiempos que los gobiernos locales pueden tomar para emitir permisos relacionados con proyectos de sistemas de alarma o rociadores contra incendios. Según la nueva disposición, los contratistas podrán iniciar sus tareas de inmediato, apenas presenten una solicitud completa.

De acuerdo con el texto legal publicado oficialmente como Capítulo No. 2025-115, se establecieron los siguientes requisitos:

Las agencias locales deben emitir los permisos dentro de un plazo máximo de dos días hábiles desde la presentación completa de la solicitud.Los trabajos pueden comenzar en el mismo momento en que se entrega dicha solicitud, sin necesidad de esperar la aprobación formal.Las inspecciones deben realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes al pedido por parte del contratista.Si el proyecto no supera la inspección, el contratista deberá realizar las correcciones necesarias para cumplir con los códigos y estándares vigentes.

Este enfoque busca reducir cuellos de botella burocráticos, algo que provocaba demoras costosas y riesgos innecesarios, según el texto de la norma.

Obligaciones del contratista durante el proceso de inspección

La ley también impone nuevas obligaciones a los contratistas encargados de la instalación o modificación de sistemas contra incendios. Las inspecciones, que se mantendrán obligatorias, deberán realizarse con todos los documentos relevantes disponibles en el lugar de la obra.

El marco operativo exige:

Que el contratista conserve en el sitio de trabajo los planos y especificaciones del sistema a instalar o modificar.Que estos documentos estén disponibles para su revisión in situ durante cada inspección oficial.Que, si la agencia local necesita información adicional para sus archivos, el contratista la entregue en un plazo máximo de cuatro días hábiles (ya sea en formato papel o digital).Que ninguna autoridad exija documentación extra que no esté directamente vinculada al trabajo autorizado por el permiso.Penalizaciones para los gobiernos locales que no cumplan los plazos

La HB 551 también contempla un sistema de penalidades para los municipios o condados que no respeten los plazos establecidos para otorgar permisos o realizar inspecciones. En esos casos, los contratistas tendrán derecho a recibir un reembolso proporcional del arancel que hayan pagado.

Concretamente, la normativa estipula:

Una devolución del 10% del costo original del permiso por cada día hábil de retraso, siempre que no haya mediado una prórroga por escrito entre el gobierno local y el contratista.No se aplicará el reembolso si el responsable de la demora fue el solicitante o si ocurrieron situaciones extraordinarias, como fenómenos climáticos extremos o desastres naturales.Un proceso simplificado obligatorio antes del 1° octubre

El texto también ordena a todas las agencias de fiscalización locales a implementar, antes del 1° de octubre de 2025, un proceso simplificado de otorgamiento de permisos. Esta medida busca uniformar criterios en todo el estado de Florida y evitar que cada condado actúe con sus propios criterios o exigencias adicionales.

Según lo establecido por la enmienda al artículo 553.7932 de los Florida Statutes, este nuevo sistema deberá estar plenamente operativo antes del cuarto trimestre del año, aunque aún resta que se definan algunos detalles técnicos que quedarán bajo reglamentación de la Oficina del Jefe de Bomberos del estado.

Cambios en los reportes de inspección: más detalles y menos ambigüedad

Otra modificación importante introducida por la HB 551 afecta directamente al contenido y formato de los reportes de inspección que deben presentar las empresas especializadas. Estos informes ahora deberán ser más exhaustivos y diferenciados.

Los requisitos actualizados incluyen:

Un reporte sumario estandarizado que detalle la dirección del inmueble inspeccionado, los datos del técnico que realizó la inspección y su número de licencia, así como el estado del sistema contra incendios.La cantidad total de fallas detectadas, clasificadas en categorías críticas y no críticas.Una descripción clara de las deficiencias encontradas, sin limitarse a una simple mención general.La entrega conjunta del informe detallado elaborado por el contratista, que ya no puede quedar excluido.

Estos cambios eliminan la anterior disposición que permitía no presentar el informe completo bajo determinadas condiciones. Además, se estableció que los municipios no pueden exigir que el contratista repita en el informe detallado datos ya incluidos en el sumario obligatorio, una exigencia que en el pasado duplicaba esfuerzos administrativos.



Fuente: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/florida/la-firmo-ron-desantis-la-ley-poco-conocida-sobre-construccion-y-prevencion-de-incendios-en-florida-nid08072025/

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