La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, venta y distribución de la marca de miel "Los Meleros“, por producirse bajo condiciones que no alcanzaban los niveles de regulación mínimos establecidos por la normativa vigente.
A través de la disposición 6228/2025, el organismo dependiente del Ministerio de Salud, estableció la prohibición en todo el el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: “Miel orgánica certificada marca Los Meleros; Origen: Miel del Monte; Matrícula N°32.143/ N°Sala: Sef-h-0482; Renapa N° H-54.512; Presidente: Aranda, Jose Luis EL SAUZALITO - CHACO”.
La negativa rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por los argumentos vertidos en el Considerando de la presente, dado que no pudo “garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
El procedimiento que llevó a la Anmat a prohibir la miel “Los Meleros” se inició a partir de una consulta de la Cámara Argentina de Fraccionadores de Miel (Cafram) ante el INAL. El organismo verificó a través del SiFeGA y consultas a la Dirección de Bromatología de Chaco que el producto carecía de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).
Luego, el INAL revisó el Registro Nacional de Productos Apícolas (Renapa) y constató que el número declarado no existía. Por ello, notificó el Incidente Federal N° 4740 y determinó que la miel estaba en infracción a la Ley N° 18.284, al Decreto N° 2126/71 y al Código Alimentario Argentino, al no tener trazabilidad ni garantías de calidad o inocuidad.
Con base en esas irregularidades, el Departamento de Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir su elaboración y comercialización en todo el país.