La pesadilla que vivió una víctima de violencia de género 15 días después de dar a luz
Fue una tortura. Brenda M. estaba de reposo después de una cesárea de urgencia. 15 días antes había dado a luz y su beba había muerto pocas horas después del parto. Era de madrugada cuando Mi...
Fue una tortura. Brenda M. estaba de reposo después de una cesárea de urgencia. 15 días antes había dado a luz y su beba había muerto pocas horas después del parto. Era de madrugada cuando Miguel Alvidez, su pareja, comenzó a golpearla y asfixiarla mientras le gritaba “te voy a matar, hija de puta”.
Él subió el volumen de la música para que nadie escuchara los pedidos de auxilio de la joven y comenzó a espetarle: “De acá no salís. Así como estás no vas a salir, vas a estar peor. Te mato, si voy a estar preso por esto, te mato”. Después le pidió a su hermano que llevara “un fierro”. Con el arma amenazó a Brenda M. y la llevó al baño, la desvistió y abusó sexualmente de ella. La tuvo encerrada hasta que la llevó a una plaza, donde la abandonó.
La violenta secuencia ocurrió el 6 de marzo del año pasado en la villa 15, también conocida como Ciudad Oculta, en el barrio porteño de Villa Lugano, según informaron a LA NACION fuentes judiciales.
Un año y medio después, Alvidez, de 32 años, fue condenado a la pena de diez años de prisión al ser encontrado culpable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, agravada por haber sido cometido con violencia, lesiones leves doblemente calificadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer con la que ha mantenido una relación de pareja en un contexto de violencia de género, abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal, los que concurren en forma real; tenencia ilegítima de arma de guerra y amenazas con arma.
La sentencia fue dictada en las por el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas porteño, que para el juicio estuvo integrado por los jueces Pablo Cruz Casas, María Fernanda Botana y Ricardo Baldomar.
La investigación, a cargo de la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°33 , comenzó cuando la víctima, que ahora tiene 24 años, hizo la denuncia en la oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OVD).
Tras la denuncia de la víctima, se hizo un allanamiento en Ciudad Oculta, donde se secuestraron el arma utilizada para amenazar a Brenda M. y 130 cartuchos. El sospechoso, ese día, logró escapar por los techos, pero después fue detenido y llegó a juicio en prisión preventiva.
También fueron condenados a penas de cumplimiento efectivo un hermano y una hermana de Alvidez por los delitos de suministro de arma de fuego y por la coautoría de la privación ilegal de la libertad (en el caso de la mujer).
“El debate oral y público duró toda una semana y puso el énfasis en el testimonio de la denunciante, que para evitar su revictimización prestó declaración sin la presencia de los imputados, que siguieron el desarrollo de la audiencia en una sala contigua por video. El testimonio de la víctima —claro, espontáneo, coherente y sin contradicciones— coincidió con las declaraciones de su madre y hermana y se vio respaldado por las demás pruebas presentadas por la fiscalía. El fallo refleja así la aplicación de la perspectiva de género, tal como exigen las convenciones internacionales en casos de violencia contra la mujer", informaron fuentes del Ministerio Público de la Ciudad, que resaltaron el trabajo del equipo de la Fiscalía en Penal, Contravencional y de Faltas N°33 durante la investigación y el juicio.
En el juicio declararon como testigos psicólogas y psiquiatras de la OVD y de la Oficina de Asistencia a Víctimas y Testigos (OFAVyT) y detectives del Cuerpo de Investigadores Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad que detallaron el estado de vulnerabilidad que vivía Brenda M., “del ciclo de violencia en el que estaba inmersa y del terror, dominio y poder ejercido por el victimario”.
Los testigos, según fuentes judiciales, sostuvieron que “la víctima estaba expuesta a un altísimo riesgo, manifestado en el terror constante, la normalización o naturalización del maltrato, la angustia y el miedo permanente e identificaron también los distintos tipos de violencia que padeció: física, psicológica, sexual, simbólica y económica”.
En la sentencia, a la que tuvo acceso LA NACION, se sostuvo: “La claridad y cohesión del relato de la víctima en todas las etapas del juicio, la cantidad de lesiones constatadas en su cuerpo, el mensaje por ella enviado a sus parientes, las testimoniales de su madre y hermana —contestes con lo por ella narrado—, su reconocimiento del arma incautada —que presenta la singularidad de tener dos colores—, el comportamiento y mensajes posterior al hecho del imputado, como, así también, los demás elementos de prueba antes enumerados nos alcanzan para tener por acreditado, con el grado de certeza requerido en esta etapa, que Miguel Alvidez privó de la libertad durante toda la jornada y con violencia, a su expareja, la lesionó en reiteradas ocasiones y la abusó sexualmente".
Y, los magistrados agregaron: “Es claro, por la prueba antes detallada, que el acto sexual no fue consentido, pues la víctima refirió haberle manifestado al acusado que, producto de la cesárea que había tenido hacía pocos días, se encontraba dolorida y él, desconociendo su malestar y doble vulnerabilidad producto del duelo y del puerperio que atravesaba, sumado a la violencia y golpes que ya había sufrido, la accedió vaginalmente, pese a su negativa, en un baño de dimensiones reducidas, donde tenía poca posibilidad de escape”.
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