Siniestro vial, rechazan suspensión de juicio a prueba
El Juez dispuso que la causa continúe hacia la etapa de juicio oral y público, donde se definirá la responsabilidad penal y la eventual condena.
Un juez de Garantías de Viedma resolvió rechazar un pedido de suspensión de juicio a prueba que solicitó el acusado de causar una muerte en un siniestro vial camino a El Cóndor.
La causa que se tramita es por un siniestro vial ocurrido en la Ruta 1, camino a El Cóndor, a pocos kilómetros de Viedma. El hombre acusado estaba alcoholizado.
En una audiencia llevada a cabo la semana pasada la defensa planteó que el imputado reunía las condiciones legales para acceder al beneficio. Entre los argumentos, destacó que se trataba de su primer proceso penal y que no contaba con antecedentes condenatorios.
Realizó un ofrecimiento de una reparación económica, la auto inhabilitación para conducir por tres años, la entrega voluntaria de la licencia de conducir, la realización de un curso de manejo responsable y un tratamiento psicológico orientado a la conducción, entre otras cuestiones.
La Fiscalía y la querella se opusieron. Al dictar resolución, el juez señaló que la reparación integral “no supone solo la composición económica, o mejor dicho, no en todos los casos”. Remarcó que la querella había subrayado que la propuesta “no contenía ninguna referencia respecto de la familia de la víctima fatal” y que eso era central para valorar la razonabilidad del planteo.
En esa línea, afirmó que la reparación debe abarcar tanto consecuencias materiales como inmateriales del delito y que, en este caso, la propuesta “no logra ajustarse a los parámetros de razonabilidad que el caso exige”. También consideró que el dictamen de la fiscalía fue “suficientemente fundado, ajustado a derecho y en consecuencia vinculante para esta jurisdicción”.
“Más allá de la clara postura sentada por la parte querellante, el ofrecimiento carece de la entidad, completitud y extensión para dar respuesta a los parámetros que conforman el derecho a la tutela judicial efectiva, que en el caso se materializaría con el debate oral y público”, expresó en la resolución.
También sumó como argumento que la política criminal la lleva a cabo el Ministerio Público y demostró interés en perseguir este delito. De esta forma, el juez Juan Martin Brussino Kain resolvió rechazar la suspensión del juicio a prueba pedida por Federico Navarré y dispuso que la causa continúe hacia la etapa de juicio oral y público, donde se definirá la responsabilidad penal y la eventual condena.
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