Ordenan indemnizar a un trabajador despedido luego de descompensarse
El trabajador habría trabajado durante 15 años en la empresa sin nunguna sanción previa al despido
Un hombre de Viedma trabajó durante casi 15 años en una estación de servicio y fue despedido luego de un episodio de malestar físico ocurrido durante su jornada laboral. La Cámara del Trabajo de Viedma analizó el caso y declaró injustificada la decisión adoptada por la empresa, con fundamento en la normativa laboral vigente.
Según consta en el expediente, la relación se desarrolló inicialmente en el sector de minimercado, donde la persona cumplió funciones como cajero y en tareas de cocina. En el último tramo del vínculo, pasó a desempeñarse en el área de playa, tras un cambio de funciones con mantenimiento de la antigüedad.
Durante ese período, la persona afirmó que mantuvo una conducta sin sanciones y que incluso utilizó sus períodos de vacaciones para realizar un tratamiento de fertilidad asistida, con el objetivo de no afectar la dinámica del establecimiento.
El conflicto se originó durante una jornada laboral en la cual el empleado manifestó haber sufrido una baja de presión. De acuerdo con su relato, se retiró momentáneamente a un sector interno para recuperarse, mientras otras personas cubrieron sus tareas. Al día siguiente, la empresa solicitó explicaciones formales sobre lo ocurrido y, pocos días después, comunicó la desvinculación.
La empresa sostuvo que el despido respondió a incumplimientos reiterados en los horarios de ingreso y egreso durante los meses previos, además de una inactividad prolongada en la jornada señalada. También indicó que los registros del sistema de control horario y de cámaras de seguridad respaldaban esa versión.
Durante el proceso judicial, la Cámara del Trabajo evaluó diversas pruebas. La pericia informática confirmó la autenticidad de los registros digitales, aunque también señaló que el sistema permitía modificaciones manuales. Ese elemento resultó relevante en el análisis, en particular porque la empresa no permitió al perito acceder a sus sistemas para responder observaciones técnicas.
Las declaraciones testimoniales presentaron diferencias. Por un lado, personas convocadas por la parte trabajadora destacaron la ausencia de sanciones disciplinarias a lo largo de toda la relación laboral. Por otro, testigos vinculados a la empresa ratificaron llegadas tarde y cuestionaron la conducta durante la jornada en discusión.
La Cámara Laboral de Viedma consideró que los incumplimientos horarios no recibieron sanciones contemporáneas, lo que impidió su acumulación posterior como fundamento para el despido. También analizó el episodio puntual de la demanda y observó que no se activaron los protocolos médicos disponibles, pese a la existencia de un servicio de emergencias.
Asimismo, la sentencia advirtió que ciertas circunstancias alegadas por la empresa surgieron en etapas posteriores del proceso y no formaron parte de la comunicación inicial del despido, lo que limitó su valoración.
En ese marco, la Cámara evaluó la proporcionalidad de la medida a la luz de la Ley de Contrato de Trabajo. Señaló que la conducta atribuida, aun en el supuesto de considerarse acreditada, no alcanzó la gravedad suficiente para justificar la extinción del vínculo laboral.
Finalmente, la Cámara resolvió hacer lugar a la demanda, declaró injustificado el despido y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.
admin
Comentarios
Deja tu comentario