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La iniciativa presentada en la Legislatura plantea límites al corte del suministro eléctrico por deudas de micro y pequeñas empresas. Obliga a las prestadoras a ofrecer planes de pago antes de suspender el servicio, con topes en la cantidad de cuotas y en la tasa de interés aplicable. 

El proyecto es de Luciano Delgado Sempé (Vamos con Todos), quien plantea que para miles de comercios y talleres rionegrinos, la energía eléctrica funciona como una herramienta de trabajo tan indispensable como la materia prima. 

“Cuando una deuda impaga deriva en el corte del servicio, la actividad puede paralizarse y comprometer su continuidad”, explica. Frente a ese escenario, plantea un régimen de protección para que las micro y pequeñas empresas de la provincia puedan regularizar sus deudas de electricidad sin perder el suministro.

La iniciativa apunta a garantizar la continuidad del servicio eléctrico a las mipymes que atraviesan dificultades económicas para afrontar el pago regular del suministro.

Según los fundamentos, el proyecto no propone condonar deudas, sino asegurar mecanismos razonables para pagarlas sin poner en riesgo la actividad. Por eso obliga a las prestadoras —incluidas las cooperativas— a ofrecer un plan de regularización antes de proceder al corte por falta de pago.

El texto legislativo prevé la financiación de la deuda hasta en sesenta cuotas, ampliables a ochenta y cuatro en casos debidamente justificados, sin que el importe supere el 50% de la facturación mensual promedio del establecimiento. También fija un techo a la tasa de interés aplicable, atado a las líneas de crédito que administra Río Negro Fiduciaria S.A.

El proyecto establece que la sola solicitud de acogimiento suspende todo procedimiento de corte mientras se analiza el plan de pago, y prevé la reconexión sin cargo dentro de las 24 horas posteriores a la formalización del acuerdo. Como sostiene el autor, “el corte debe constituir la última instancia y no la primera respuesta” frente a una deuda.

Para su implementación, propone la Mesa Provincial de Energía, presidida por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) e integrada por representantes de las cámaras empresarias regionales y del Ministerio con competencia en energía. Ese cuerpo tendría a su cargo fijar los criterios de aplicación y publicar mensualmente la tasa máxima admitida.

El régimen incorpora también una cláusula de neutralidad tarifaria: el mayor costo financiero que genere su aplicación no podrá trasladarse a la tarifa de los demás usuarios. Quedan excluidas del beneficio las deudas originadas en conexiones clandestinas o adulteración de medidores, así como los usuarios que hayan incumplido un plan anterior en los últimos doce meses.

Autor: mtobar