La Justicia rechazó el planteo de UPCN contra el control biométrico en Salud
El fallo determinó que no existe una ilegalidad manifiesta ni un daño irreparable para los trabajadores. La medida permite al Ministerio de Salud continuar aplicando el registro de asistencia por reconocimiento facial.
La Justicia de Río Negro rechazó una acción de amparo presentada por el gremio UPCN y ratificó la vigencia del sistema de registro de asistencia por biometría facial implementado en el Ministerio de Salud provincial. El fallo concluyó que la medida no constituye una actuación arbitraria e ilegal por parte del Estado y que no causa un perjuicio grave e irreparable a los agentes.
La resolución judicial se dictó en Viedma tras la presentación con la que el sindicato buscaba eximir de la aplicación del sistema a aquellos empleados que habían manifestado su oposición. Durante el proceso, la Fiscalía de Estado defendió la herramienta argumentando que el control de asistencia es una facultad propia del empleador estatal y que la medida cuenta con los resguardos normativos y tecnológicos necesarios.
En la sentencia, el tribunal valoró la arquitectura de seguridad del sistema y precisó que la herramienta no almacena fotografías de los trabajadores, sino un patrón de rasgos definido mediante ecuaciones matemáticas. Asimismo, contrapuso este método con el uso de la huella dactilar —mecanismo propuesto por el gremio como alternativa—, remarcando que ambos constituyen datos biométricos.
Finalmente, la Justicia resolvió que la normativa nacional ampara la recolección de estos datos sin consentimiento individual por tratarse del ejercicio de funciones estatales y el marco de una relación contractual. Por estos motivos, desestimó la acción contra la cartera sanitaria y la Secretaría de la Función Pública, señalando que los reclamos de este tipo deben canalizarse por las vías administrativas o judiciales ordinarias.
mtobar
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