Weretilneck presentó en París el potencial estratégico y energético de Río Negro
El Procurador le dio via libre a la candidatura de Weretilneck
El dictamen del Procurador General, Jorge Crespo no comparte el criterio que la fórmula es indivisible.
El dictamen del Procurador
General, Jorge Crespo fue favorable a la nueva postulación del gobernador
Alberto Weretilneck. Esa opinión fue remitida al Superior Tribunal de Justicia,
que fallará en los próximos dÃas en referencia a la apelación de Juntos contra
la inhabilitación de la candidatura dispuesta por el Tribunal Electoral.
En su conclusión, no vinculante, Crespo enfatiza que el supuesto de la reelección se corresponde con el cargo. Entendió que el “texto constitucional refiere a reelección, lo hace aludiendo a la posibilidad de ser electo nuevamente en el cargo para el que ya fuera electo el candidato en una oportunidad anterior inmediata, pues no existe ni puede existir desde un razonamiento constitucional lógico jurÃdico, posibilidad alguna que una persona intente una reeleccin a un cargo que no postuló con anterioridadâ€.
Ratifica esta posición “la última parte del artÃculo analizado que claramente establece que en el caso que el gobernador o vicegobernador fueran reelectos en sus cargos, no pueden ser después elegidos para ninguno de ellosâ€.
En su lÃnea, el Procurador desacredita que la fórmula es indivisible y ambos ministros conforman el Poder Ejecutivo. El mismo -repite el artÃculo 170 de la Constitución- “es ejercido por un ciudadano con el tÃtulo de gobernador y que sus funciones, asà como las del vicegobernador, están explicadas en la sección ‘Poder Ejecutivo’, aunque las de este último también son expuestas en el apartado ‘Poder Legislativoâ€.
Remarca que si “el vicegobernador†fuese “un órgano incluido dentro del Poder Ejecutivo†y prestará “funciones en el Poder Legislativo (preside el cuerpo y vota en caso de empate) se estarÃa violando el principio republicano de Gobiernoâ€, y “la división de poderesâ€.
Luego, afirma que “el vicegobernador Weretilneck, previo juramento formal, sólo asumió en el 2012 como relevo constitucional del gobernador fallecido†“hasta el fin de su mandatoâ€, “causante de la acefalÃaâ€.â€Los cargos son ocupados por quienes han sido electos para los mismos por el término de cuatro años, y que ninguna modificación temporal puede producirse sin una reforma constitucional previaâ€.
También sostiene que en el perÃodo 2011/ 2015, el cargo postulado y para el que fue electo Weretilneck fue el de vicegobernador, ejerciendo posteriormente las funciones ejecutivas del Estado rionegrino por acefalÃa del cargo de gobernador, cumpliendo obligatoriamente lo impuesto por el artÃculo 180 de la Constitución Provincial.
Dice que en el perÃodo 2015/2019, Weretilneck “ocupó (al haber sido elegido por el voto popular)†el cargo de gobernador por “el perÃodo indicado por el artÃculo 174. Hoy, al postular nuevamente para el cargo en cuestión (2019/2023) bajo esta interpretación, en comunión con la redacción constitucional conjugada con los hechos, resultarÃa ser ésta, su segunda postulación en el cargo de gobernadorâ€, lo cual, “lo habilita para participar en el proceso electoralâ€.
Manifiesta que si gana en abril “resultarÃa reelecto en el cargo de gobernador, situación ésta que por aplicación de la prohibición que establece el segundo apartado del ArtÃculo 175, veda la postulación para cualquiera de los dos cargos en un perÃodo inmediato siguiente (2023/2027)â€.







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