Las elecciones legislativas 2025 de Chaco van a ser este domingo 11 de mayo, y hay quienes se preguntan qué pasa si no voto en estos comicios provinciales.
Más de un millón de personas en este distrito están habilitadas para acudir a las urnas, donde se renovarán 16 escaños -la mitad- de la Cámara de Diputados local, organismo que conforma el Poder Legislativo unicameral de la provincia.
En Chaco, al igual que en el resto del país, el voto es obligatorio entre los 18 y los 70 años. De esta manera, el no concurrir al acto electoral acarrea consecuencias, descriptas en el Régimen Electoral de la provincia.
Qué pasa si no voto en las elecciones 2025 de ChacoLa ley electoral de la provincia del noreste argentino establece las sanciones por no votar en el artículo 119 del Título VI, dedicado a las faltas electorales.
En este sentido, se establece que la no emisión del voto acarrea una multa cuyo rango puede ir de $50 a $500 “al elector mayor de 18 años y menor de setenta 70 años de edad que dejare de emitir su voto”, siempre y cuando “no se justificare ante el Juez de Paz del domicilio o Tribunal Electoral, dentro de los 60 días de la respectiva elección”.
En caso de que la persona no justificara su ausencia ante la autoridad electoral correspondiente, hay otra sanción: “El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”.
Para evitar esto, es necesario justificar la no emisión de voto ante el Juez de Paz. En caso de hacerlo, “se entregará una constancia al efecto”. Pero, en caso que la justificación no se hubiere efectivizado ante el Tribunal Electoral, “el juez que la hubiere recepcionado se la comunicará”.
En este sentido, el texto legislativo subraya que “será causa suficiente para la aplicación de la multa, la constatación objetiva de la omisión no justificada”. Los procesos y las resoluciones que se originen respecto de los electores que no consientan la aplicación de la multa, “podrán comprender a un infractor o a un grupo de infractores”.
Quiénes pueden no votar en las elecciones 2025 de ChacoEl Régimen Electoral de la provincia prevé que las siguientes personas pueden ser eximidas del deber de votar en el Chaco:
Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial. En este caso, el votante debe concurrir a la autoridad policial más próxima para que le extiendan una certificación escrita que acredite la comparecencia.Los que el día de elección se encuentren a más de trescientos (300) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Aquí, como en el caso de los jueces y sus auxiliares, las personas deben conseguir el certificado de eximición en su autoridad policial más cercana. Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impidan asistir al acto. La ley fija que “estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares”.