Los cocineros y el personal de tareas específicas reciben un aumento en el mes de agosto. Se trata de un ajuste que se aplica de forma escalonada hasta septiembre a partir de un nuevo acuerdo paritario. Además, está contemplado un bono no remunerativo.
La reunión entre los referentes de Trabajadores de Casas Particulares y la Secretaría de Trabajo estableció una actualización salarial de 3,5% para los haberes que corresponden al mes de junio. En tanto, se determinó un ajuste del 1% en julio, agosto y septiembre.
Además, quienes trabajan en el Régimen de Casas Particulares reciben una suma no remunerativa que se paga por única vez para los meses de julio, agosto y septiembre. De esa forma, se busca compensar los meses en los que no hubo alzas entre febrero y junio de este año.
Si bien aún no se publicó la nueva resolución en el Boletín Oficial para que quede homologado el resultado de la paritaria, ya hay cifras oficiales confirmadas para los salarios mensualizados. A su vez, la Upacp publicó en su página web también los montos de los incrementos para el personal que trabaja por hora.
De esta manera, en agosto aplica nuevos valores para el cálculo del salario de los cocineros y del personal de tareas específicas, que corresponde a la segunda categoría del sector e incluye a los cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor y a todo quien realice tareas del hogar que requieran especial idoneidad.
Salario por hora de los cocineros en agosto 2025Según la grilla publicada por el Upacp, para liquidar los salarios de las personas que realizan tareas específicas en casas particulares y están contratadas por hora o por jornada, se toman como referencia los siguientes valores mínimos:
Por hora con retiro: $3452,48Por hora sin retiro: $3785,06Estos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales. De todos modos, vale recordar que aún no fueron homologados por el Gobierno.
Salario mensual de los cocineros en agosto de 2025En el octavo mes del año, quienes trabajan con un esquema mensual reciben los siguientes montos de referencia, de acuerdo a la grilla publicada por el Upacp:
Mensual con retiro: $422.648,70Mensual sin retiro: $470.479,77Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
De cuánto es la suma no remunerativa en agostoAdemás de definir nuevos valores de los salarios de los empleados domésticos, también se estableció el pago de una suma no remunerativa para compensar por los meses en que no se hicieron ajustes en la grilla de referencia para el cálculo del salario de los trabajadores. Esta está a cargo del empleador y se paga una sola vez junto a los haberes del mes de julio, agosto y septiembre.
Este monto extra se determina según la cantidad de horas semanales que trabaja el empleado. Estos son los valores que corresponde al mes de agosto:
De 0 a 12 horas semanales: $4000De 12 a 16 horas semanales: $6000Más de 16 horas semanales y para el personal sin retiro: $9500Cómo registrar en ARCA a los trabajadores de casas particularesTodos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Personal de casas particulares: ¿cómo genero un recibo de sueldo?Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.