Miércoles, 17 de septiembre
Bonaerenses

Condenaron al líder de una comunidad mapuche por usurpar tierras públicas y causar daños en el parque nacional Los Alerces

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a Ernesto Cruz Cárdenas, líder de la comunidad mapuche Paillako Futalaufquen Mew, a tres años de prisión en sus...

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a Ernesto Cruz Cárdenas, líder de la comunidad mapuche Paillako Futalaufquen Mew, a tres años de prisión en suspenso por la usurpación de tierras públicas y la destrucción de infraestructura en el Parque Nacional Los Alerces en 2020.

En tanto, Belén Salinas fue condenada a un año y medio de prisión en suspenso. Los abogados defensores adelantaron que apelarán la decisión.

Cárdenas había estado prófugo desde enero pasado y se entregó a fines de julio. Desde entonces está detenido. El juicio comenzó el 5 de agosto, día en que declararon ambos acusados. Cárdenas habló del asentamiento ancestral de las comunidades mapuche en la zona del parque Los Alerces, en Chubut, y dijo que la aparición de Parques Nacionales dividió y enfrentó a familias de pobladores.

El propio Cárdenas fue brigadista de Parques Nacionales. Los abogados de la comunidad advirtieron que se trata de un caso “bastante particular porque, en realidad, muchos de los integrantes de la lof Paillako son hijos de las familias llamadas pobladoras, que se asentaron allí antes de la creación de Parques en la década de 1930″.

Agregaron que muchos hijos de pobladores del área protegida iniciaron un proceso de recuperación de identidad mapuche. La abogada Laura Taffetani relató: “Está hecha la pericia antropológica, con la raigambre mapuche. Pero ese proceso fue muy mal tomado por Parques y los propios compañeros de esos chicos. Hubo incluso situaciones de bullying, no les permitían hacer ceremonias. Entonces, ellos decidieron armar la comunidad en el lugar. En estos años, se generaron instancias de diálogo, pero no se cristalizaron en acuerdos. Y en paralelo avanzó el proceso por la usurpación de la seccional”.

Hace unas semanas, en su declaración, Cárdenas sumó que el tatarabuelo de Salinas, Felidor Salinas, estaba en ese territorio desde 1900.

Desde la Administración de Parques Nacionales (APN) señalaron que en 2019 “la comunidad mapuche Paillako Futalaufquen Mew, a la que pertenecen Cruz Cárdenas y María Belén Salinas, se adjudicó la ocupación de la zona del Arroyo Cascada” y que luego “expandieron la ocupación a la ex Población Felidor Salinas, a la Seccional El Maitenal y finalmente al valle del arroyo Rañinto”.

Agregaron en la demanda que “desde el inicio de la ocupación se registraron hechos de vandalismo, agresiones a los guardaparques y se identificaron focos de incendios intencionales casi a diario en las temporadas de verano”.

En 2024, la justicia federal determinó que “los derechos de ocupación tradicional de los pueblos indígenas no justifican la usurpación de tierras, ni el uso de medios ilegales para recuperar territorios”. Sin embargo, el abogado Gustavo Franquet sostuvo esta semana que “la condena por usurpación no corresponde según los tratados internacionales cuando miembros de pueblos originarios están en conflicto con el Estado”.

Por su parte, durante el juicio, Cárdenas desmintió por completo haber participado en hechos de violencia y “mucho menos de agresión a los bosques”.

En el juicio que culminó la semana pasada, también declararon guardaparques y funcionarios de la institución. Los defensores de la Gremial de Abogados afirmaron que muchos de esos testimonios “demostraron no solo tener un libreto pautado, sino además un alto grado de racismo y prejuicios”.

Tras conocerse las condenas, los abogados indicaron que apelarán, dijeron que el final del juicio fue “un verdadero escándalo” y acusaron a juez Enrique Baronetto de haberse “subordinado” al poder político y, sobre todo, “a los grandes latifundios”.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/condenaron-al-lider-de-una-comunidad-mapuche-por-usurpar-tierras-publicas-y-causar-danos-en-el-nid28082025/
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