El Poder Ejecutivo aprobó el procedimiento que deberán seguir los extranjeros que busquen obtener la ciudadanía argentina a través de una inversión considerada “relevante”. Según el Decreto 524/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el proceso será tramitado por la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, dependiente del Ministerio de Economía, que deberá evaluar la solicitud, requerir informes a organismos oficiales y emitir una recomendación fundada a la Dirección Nacional de Migraciones, encargada de tomar la decisión final.
La medida complementa el Decreto 366/2025, que en mayo modificó la Ley de Ciudadanía Nº 346 para incorporar la figura del “ciudadano por inversión”. De acuerdo con la normativa vigente, puede iniciar el trámite cualquier persona extranjera que, sin importar su tiempo de residencia, acredite haber efectuado una inversión significativa en el país, de acuerdo con los parámetros que establecerá el Ministerio de Economía.
El primer paso del proceso es la presentación de la solicitud ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión. Este organismo descentralizado deberá verificar si la inversión efectuada por el solicitante encuadra dentro de los criterios definidos por la autoridad económica para ser considerada relevante.
Una vez superada esa instancia, la Agencia deberá solicitar informes técnicos a diferentes dependencias estatales, entre ellas el Ministerio de Seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y la Secretaría de Inteligencia del Estado. La normativa también habilita a requerir información a otros organismos públicos o privados, si así se considera necesario.
El objetivo de esos pedidos es determinar si el otorgamiento de la ciudadanía al inversor podría implicar algún riesgo para la seguridad nacional o afectar intereses estratégicos del país. Con los informes reunidos, la Agencia elaborará un dictamen en el que recomendará o desaconsejará la aprobación de la solicitud. Este documento será remitido a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que tendrá un plazo de 30 días hábiles para resolver.
Además, la normativa instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), también dependiente del Ministerio de Economía, a realizar las modificaciones normativas y técnicas necesarias para permitir que los nuevos ciudadanos obtengan una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Este número es indispensable para formalizar actividades económicas dentro del país.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei junto al jefe de gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de economía, Luis Caputo, entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.