La liberación del camionero Raúl Lozano García, imputado por el incidente vial ocurrido el 8 de junio en la ruta provincial 88 en el que murieron el médico marplatense Diego Quirós, de 57 años e Iñaki Mendizábal, el hijo de ocho años de su esposa, abrió una grieta judicial y encendió la indignación de los allegados a la víctima.
El juez de Garantías Daniel de Marco dictó la falta de mérito. Fundamentó su decisión en pericias que señalaron consumo de cocaína y exceso de velocidad por parte del médico. Pero la familia no solo rechaza de plano esos resultados: también denuncia irregularidades en la forma en que fueron obtenidas las muestras y en la interpretación del magistrado.
“Respecto a la resolución, estamos indignados y preocupados. No hace justicia, al contrario: es un acto jurisdiccional completamente arbitrario en toda su esencia”, afirmó a LA NACION el abogado de la familia, Juan Manuel Belliure. Según explicó a este medio, la resolución utiliza pericias que “no son correctas, para ensuciar la imagen de la víctima a los fines de concretar una medida de libertad del imputado”, a pesar de que la Cámara ya había ordenado que el camionero permaneciera detenido debido a ciertos peligros procesales.
Para Belliure, los estudios toxicológicos que indicaron restos de cocaína en el cuerpo de Quirós carecen de validez. “La cadena de custodia está cuestionada porque no estaba incorporada al expediente. El método científico utilizado es deficiente y genera un falso positivo. Tenemos la convicción de que al momento del siniestro el doctor no había consumido ningún tipo de estupefacientes, y tampoco era una persona de consumo”, remarcó el letrado en diálogo con este medio.
El abogado también cuestionó el modo en que el juez interpretó las pericias accidentológicas. “Respecto a la velocidad, es una mala interpretación. Hay tres pericias que señalan que no se puede determinar la velocidad, y, sin embargo, el magistrado tomó un solo párrafo donde se habla de ‘alta velocidad’ en relación a la deformación del vehículo, pero tampoco establece cuál era la velocidad. Eso debería resolverse en debate”, sostuvo.
Según el letrado, ya se incorporó al expediente una pericia de parte realizada por Hernán Gazzio, licenciado en criminalística, que respalda los informes oficiales y descarta que Quirós condujera a alta velocidad. “No consideramos que la pericia del doctor De Santi sea mala, sino que el juez la aplicó de manera discrecional y sin leer el contexto general de cómo fue concebido el concepto de velocidad”, explicó.
Más allá de los aspectos técnicos, la familia siente que la resolución del juez significó un ataque directo a la memoria de Quirós y a la honra de Iñaki. “Respecto a la prueba de la imagen del doctor Quirós se generó una destrucción en su honor y memoria. La familia está completamente lastimada e indignada por los dichos del juez, que exceden el marco legal y revictimizan. Parece una batalla personal contra las víctimas. Es imprudente, agresivo, y viola el derecho constitucional de las víctimas a no ser revictimizadas”, denunció Belliure.
El abogado subrayó que el fallo atribuye a Quirós una falsa responsabilidad sobre su propia muerte y la de su hijastro. “Es una locura responsabilizarlo por los daños sufridos por su mujer y por Iñaki. No hay responsabilidad compartida: la muerte se produjo por culpa del camionero, que circulaba sin VTV, sin licencia, con el acoplado atado con alambre y sin frenos ni luces. Es un escándalo jurídico”, dijo en diálogo con LA NACION, remarcando que tampoco hay - hasta el momento - conflictos entre la familia del médico y el padre de Iñaki.
La querella ya presentó un recurso de apelación. “Impugnamos la resolución porque el juez de Garantías no tiene facultades para resolver el fondo de la cuestión. Violó la imparcialidad, desconoció una resolución de la Cámara y utilizó un instituto procesal improcedente para liberar a Lozano García. La pericia es deficiente en lo legal, en lo formal y en lo científico. La contradicción más grande es que aparece cocaína positiva en sangre y negativa en orina: eso no existe, así lo determina la ciencia pericial en materia toxicológica”, detalló Belliure.
El abogado adelantó que pedirán una contra pericia para validar el estudio toxicológico y continuar con la estrategia de demostrar la responsabilidad exclusiva del camionero. “La familia atraviesa este proceso con mucho dolor. Nuestra obligación es acompañarlos con pericias contra pericias, demostrar que la imputación está más que acreditada y que no hay forma de eludir la responsabilidad penal del camionero”, concluyó.
El giro judicialLa decisión de libertad fue adoptada por el juez de Garantías Daniel de Marco, quien dictó la falta de mérito para Lozano García, de 48 años. El magistrado sostuvo que, si bien circulaba sin la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y sin licencia habilitante, las pericias revelaron que Quirós había consumido cocaína y conducía a alta velocidad, lo que habría incidido de manera determinante en el siniestro.
“La ingesta de cocaína, dada la sensación de autosuficiencia que produce, posibilita el riesgo de accidentes fundamentalmente de circulación con vehículos a motor, situación que se ha visto reflejada en estas actuaciones, en las cuales la víctima, conductor del vehículo, luego de aproximadamente 16 horas de producido su deceso, aún presentaba en sangre la sustancia estupefaciente. Las principales alteraciones producidas por la cocaína en la conducción son la menor percepción del riesgo, la sobrevaloración de las propias capacidades, impaciencia, impulsividad, agresividad, trasgresión de las normas y alteraciones perceptivas y atencionales, con disminución de la concentración. En tales circunstancias, incurre en imprudencia por emprendimiento el que inicia una actividad, sabiendo que tiene sus facultades disminuidas”, fundamentó el juez De Marco en la resolución.
Quirós, CEO de Imágenes MDQ, viajaba en su Mercedes Benz GLA 200 junto a su esposa, Yanina Liani, e Iñaki cuando el vehículo impactó contra el acoplado del camión. El choque ocurrió en el kilómetro 43 de la ruta, en sentido hacia Mar del Plata. Tanto el médico como el niño murieron en el acto, mientras que la mujer logró sobrevivir y recién fue dada de alta en los últimos días.
El fiscal Rodolfo Moure, a cargo de la investigación, había solicitado la prisión preventiva para Lozano García, argumentando que el camionero había obrado con imprudencia al cruzar la ruta de noche, con escasa visibilidad por no contar con iluminación artificial, y poseer deficiencias lumínicas en el vehículo. Sin embargo, el juez consideró que las circunstancias aún no están lo suficientemente aclaradas como para mantener al imputado tras las rejas.
“Existen varias situaciones que necesitan ser aclaradas, todas cuestiones que a más de dos meses de acontecido el hecho no han sido dilucidadas, lo que impide que Lozano García continúe privado de su libertad teniendo en cuenta el carácter excepcional de las medidas como la aquí pretendida por el titular de la acción pública, y que el mismo cuenta con domicilio debidamente certificado. (…) Más allá de que se mantiene su vinculación al proceso como imputado, corresponde disponer la libertad, por no existir mérito suficiente”, agregó De Marco.