La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización, distribución y uso de un aceite de CBD de origen chileno que se encontraba a la venta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin autorización sanitaria ni documentación de importación. La medida, oficializada mediante la Disposición 5034/2025 publicada en el Boletín Oficial, forma parte de los controles que lleva adelante el organismo para impedir la circulación de suplementos no habilitados que declaran propiedades terapéuticas sin respaldo técnico.
Según la inspección realizada por personal del Departamento de Control de Mercado, la detección del aceite se produjo en la farmacia Homeopática de Flores de Alrone S.A., donde se hallaron unidades del producto “ECONatural Laboratorios, Aceite CBD Suplemento Nutricional Decarboxylated 10 ml 5% CBD”. La presidenta de la firma permitió el ingreso de los inspectores, quienes constataron que la empresa no contaba con documentación de importación ni registros ante Anmat. Además, la Dirección de Gestión de la Información Técnica confirmó que no existe habilitación vigente para la comercialización de este tipo de suplementos, ni registro de especialidad medicinal en el país.
El área técnica de Anmat remarcó que estos supuestos efectos terapéuticos no cuentan con la validación ni los ensayos requeridos por las normas locales. Por ese motivo, se determinó que la comercialización de este tipo de productos implica un riesgo para la salud de los potenciales usuarios, quienes podrían adquirirlos sin conocimiento de su origen o calidad. Como medida preventiva, se retiraron las unidades detectadas del circuito de venta y se ordenó informar la prohibición a todas las autoridades sanitarias del país.
En paralelo, la Anmat adoptó una medida más amplia contra la firma Cannatural Argentina, a la que se le prohibió la elaboración, importación, fraccionamiento, distribución y venta de todos sus productos con CBD y THC. La disposición 5035/2025 surgió a partir de una denuncia presentada por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, que alertó sobre la oferta de suplementos a base de cannabis a través del sitio web de la empresa. La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud constató que los productos comercializados, como aceites y cremas analgésicas, no contaban con rotulado reglamentario ni habilitación sanitaria.
De acuerdo con la investigación, los responsables del sitio web declaraban propiedades terapéuticas para diversas patologías, incluidas inflamación, dolor crónico, convulsiones y cáncer. Sin embargo, la empresa no pudo acreditar los registros ante la Anmat ni demostrar que los suplementos tuvieran la composición cuali-cuantitativa establecida por la Resolución Ministerial 781/2022. Esta norma exige que los productos de cannabis destinados a uso humano cumplan con buenas prácticas de elaboración y análisis de laboratorio.
La prohibición se extiende a todas las presentaciones de la línea Cannatural y Cannavid, y también alcanza a la crema analgésica con árnica y extractos vegetales de la misma empresa, productos que circulaban sin control sobre su contenido real.
En otra disposición, la Anmat informó que detectó la circulación de unidades falsificadas del implante dérmico inyectable “Sculptra Poly-L-lactic acid” que no provenían del laboratorio original Galderma Argentina S.A. La empresa denunció la existencia de estuches adulterados de un lote determinado, con un vencimiento distinto y diferencias en la información del envase respecto del producto genuino.
El producto se utiliza para atenuar signos de envejecimiento cutáneo mediante inyección directa. La adulteración detectada plantea un riesgo sanitario por tratarse de un insumo que debe garantizar condiciones de esterilidad estricta. Ante la denuncia, la autoridad regulatoria dispuso la prohibición de uso y comercialización del lote identificado y ordenó notificar la medida a todas las jurisdicciones sanitarias para prevenir posibles aplicaciones a pacientes.