La ley de migración de Estados Unidos establece un beneficio especial para los nacidos en Cuba. Aunque la legislación se aprobó en 1966, sigue vigente hasta este 2025. Estas son las actualizaciones de las reglas establecidas para los nacidos en la isla al mes de agosto.
La ley de migración para cubanos que sigue vigente en EE.UU.Algunas personas de Cuba o ciudadanos cubanos que viven en Estados Unidos y cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad, pueden solicitar la residencia permanente legal (green card) a través de la Ley de Ajuste Cubano de 1996 (CAA, por sus siglas en inglés).
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) precisa que esta norma, que sigue vigente en este 2025, contempla que los beneficiados pueden aplicar al permiso tras cumplir un año y un día bajo esa protección.
Para ser elegible para una green card bajo esta legislación, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
Presentar correctamente el formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus;Ser nativo o ciudadano de Cuba;Haber sido inspeccionado y admitido o puesto en libertad condicional después del 1 de enero de 1959;Haber estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año al momento de presentar el formulario I-485;Estar físicamente presente en Estados Unidos en el momento en que se presenta la solicitud;Ser admisible en EE.UU. para la residencia permanente legal o elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio; yMerecer el ejercicio favorable de la protección de Uscis.El revés del gobierno de Estados Unidos para CubaEn junio de este año, el presidente Donald Trump firmó una proclamación que prohíbe el ingreso a Estados Unidos a ciudadanos de 12 países, y parcialmente la entrada de personas procedentes de otras siete naciones.
De acuerdo con el mandato, “Cuba es un Estado patrocinador del terrorismo” y el gobierno de ese país no coopera ni comparte suficiente información policial con Estados Unidos. Además, históricamente se ha negado a aceptar el regreso de sus ciudadanos deportables.
Las visas restringidas son: B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J.Formulario I-220A para cubanos: actualizacionesEn años pasados, miles de cubanos entraron a Estados Unidos con el formulario I-220A, permitió, sin embargo, el Uscis explica que este documento "no constituye prueba de estatus ni categoría migratoria”.
En septiembre de 2023, la Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) falló en contra de considerarlo un parole, lo que permitiría a algunos migrantes aplicar para la Ley de Ajuste Cubano.
El pasado 15 de mayo, la Junta de Apelaciones público un fallo con el nombre “Matter of Q. LI”, que según abogados de inmigración, podría servir para que los cubanos con I-220A encuentren una solución a lo que los especialistas han llamado “limbo migratorio”.
En los últimos meses, también se han dado a conocer los planes de diversas firmas de abogados en EE.UU. para la presentación de demandas colectivas que ayuden a los cubanos con I-220A a regularizar su residencia en EE.UU.
Arno Lemus, abogado de inmigración de Florida, dio a conocer que presentará una demanda colectiva, a finales de septiembre, con el argumento del mal procesamiento en la frontera para la entrada de inmigrantes durante la administración Biden.
También se sabe que el bufete en Miami, Eduardo Soto & Asociados, entablará una querella contra el gobierno federal. En el sitio oficial del despacho indican que los interesados en unirse se pueden comunicar directamente para formar parte del proceso.
Por su parte, Canizares, explicó en el canal de YouTube Cuba en Miami que junto a su equipo legal trabajan en la redacción de una demanda, y que los interesados en unirse al reclamo pueden contactarse directamente con su despecho.