Tras un nuevo análisis de la situación epidemiológica, el Ministerio de Salud dispuso habilitar en Choele Choel y Luis Beltrán una serie de nuevas actividades y rubros como la obra pública y privada y las profesiones liberales, entre otras, aunque se extendieron las medidas sanitarias restrictivas y extraordinarias hasta el 25 de mayo.
En tanto se dispuso ponerle fin al cordón sanitario implementado en Lamarque como medida de prevención para evitar la propagación del COVID-19, pero se mantendrán las medidas restrictivas y extraordinarias.
A través de las Resoluciones 2.614 y 2.615, el Ministerio dispuso extender las restricciones a partir de las 00 horas del 19 de mayo y hasta las 24 horas del 25 de mayo.
Las medidas se tomaron como forma protección de salud colectiva, de forma preventiva y temporaria, y siempre con la intención de evitar la propagación del COVID-19.
Estas definiciones exceptuaron para ambas localidades un total de 50 ítems con profesiones y actividades, cuyo listado se detalla en las resoluciones adjuntas a este comunicado.
Se destacan la habilitación de circulación de los trabajadores de la obra privada y pública y el desarrollo de las profesiones liberales, con la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.
Además, el Ministerio habilitó de manera excepcional los traslados mínimos e indispensables para aprovisionarse de alimentos y productos de primera necesidad en el horario de 9 a 19, debiendo restringirse a una persona por grupo familiar y respetando los días autorizados conforme dispongan las reglamentaciones municipales vigentes. Los comercios sólo podrán abrir sus puertas en dicho horario.
En el caso de Lamarque la cartera sanitaria dispuso sostener las medidas sanitarias a partir de las 00 horas del día 19 de mayo y hasta las 24 horas del día 25 de mayo, por razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, con carácter preventivo, excepcional y temporario.
Las medidas consistirán en una serie de restricciones para el ingreso, egreso y circulación en la localidad. Se habilitará de manera excepcional los traslados mínimos e indispensables para aprovisionarse de alimentos y productos de primera necesidad, entre las 9 y las 18, debiendo restringirse dichos movimientos a una persona por grupo familiar y respetando los días autorizados conforme dispongan las reglamentaciones municipales vigentes. Los comercios sólo podrán abrir sus puertas en dicho horario.
El personal de seguridad, de salud y aquellos que brindan servicios municipales esenciales, al igual que los trabajadores afectados a los medios de comunicación locales, estarán exceptuados de cumplir el aislamiento social obligatorio.