La regla de Uscis para personas sin nacionalidad que buscan una residencia y trabajo en Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) tiene una regla por la que puede considerar a una persona sin nacionalidad cuando evalúa la elegibilidad para una solicitud. Los beneficiarios pueden optar por buscar la residencia en el país y un trabajo en Estados Unidos, al igual que otros migrantes.

La regla de Uscis para personas sin nacionalidad

Un apátrida no es considerado nacional por ningún país en virtud de sus leyes, explica la agencia. Estas personas, al igual que cualquier otro extranjero, pueden solicitar diversos beneficios o acciones migratorias.

El Uscis señala que si bien no existe ningún tipo de alivio de inmigración, cuando la elegibilidad se basa únicamente en la apatridia del solicitante, se puede considerar esta circunstancia como un factor relevante o favorable para ciertas solicitudes.

“Determinar si una persona es ciudadana o nacional de un país en particular a veces implica la interpretación de cuestiones complejas del derecho extranjero”, señala. Por esa razón, la agencia lleva a cabo procedimientos que incluyen el análisis de pruebas y la elaboración de un informe que proporciona al funcionario adjudicador datos relevantes.

Existen varias causas comunes de apatridia, entre las que se incluyen:

Falta de registro de nacimiento y de certificados de nacimiento;Nacimiento de padres apátridas;Cambio político y transferencia de territorio, que puedan alterar el estatus de nacionalidad de los ciudadanos del antiguo o antiguos estados;Descuidos administrativos, problemas de procedimiento, conflictos de leyes entre dos países o destrucción de registros oficiales;Cambio de nacionalidad durante el matrimonio o disolución del matrimonio entre parejas de diferentes países;Discriminación selectiva contra las minorías;Leyes que restringen la adquisición de la ciudadanía;Leyes que restringen los derechos de las mujeres a transmitir su nacionalidad a sus hijos;Leyes relativas a los hijos nacidos fuera del matrimonio o durante el tránsito; yPérdida, revocación o renuncia de la nacionalidad sin adquirir previamente otra.

El 1 de agosto de 2023, Uscis publicó una guía en el Manual de Políticas que se aplica a los extranjeros apátridas en Estados Unidos que puedan estar interesados en presentar, o que ya hayan presentado, una solicitud o petición de inmigración. Así, el organismo tiene reglas precisas para estos procedimientos.

Beneficios migratorios en EE.UU. para apátridas

El Uscis puede considerar la apatridia como un factor relevante al tomar una decisión sobre diversas solicitudes de beneficios migratorios, que incluyen, entre otras:

Acción diferida: es un acto discrecional de la fiscalía para retrasar o diferir la deportación de un extranjero. Durante el período, no se expulsa al beneficiario, sin embargo, no constituye un estatus migratorio legal ni excusa ningún período previo de presencia ilegal.

Permiso de Permanencia Temporal en el País (Parole-in-Place): puede concederse solo caso por caso, por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, y cuando el extranjero demuestra que merece la protección.

Asilo y refugio: se otorga a extranjeros que han sido perseguidos o temen serlo por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política. La apatridia crea vulnerabilidades específicas que pueden ser relevantes en estas decisiones humanitarias.

Estatus de No Inmigrante U o T: beneficio migratorio que permite a ciertas víctimas de una forma grave de trata de personas permanecer en Estados Unidos por un período inicial de hasta cuatro años si han cumplido con cualquier solicitud razonable de asistencia de las autoridades en la detección, investigación o enjuiciamiento de la trata de personas, o califican para una exención o excepción.

Estatus de Protección Temporal: se otorga a extranjeros que ya están en Estados Unidos y son ciudadanos elegibles de países designados. La apatridia es un factor relevante para determinar la elegibilidad cuando el extranjero reclama o parece no tener nacionalidad y su última residencia habitual fue en un país designado.



Fuente: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/visas-y-tramites/la-regla-de-uscis-para-personas-sin-nacionalidad-que-buscan-una-residencia-y-trabajo-en-estados-nid21052025/

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