Buscan que la baja de las retenciones al campo quede fija por ley y que el impuesto muera en cinco años

Luego de que el Gobierno de Javier Milei dispusiera una baja temporal de las retenciones al campo, la oposición dialoguista redobló la apuesta y presentó hoy un proyecto en el Congreso que busca que esa rebaja quede fija por ley, que gradualmente -en el lapso de cinco años- los derechos de exportación sean eliminados y deroga el código aduanero con el objetivo último de que las próximas gestiones en el Poder Ejecutivo no puedan disponer de incrementos de retenciones.

La pérdida de recaudación, según afirma la letra misma del proyecto, estaría en torno al 0,3% del PBI por año. Usando el mismo argumento oficial para la rebaja temporal, los autores indicaron que el costo fiscal se compensaría con el aumento de la actividad del agro y la mejora de la economía. El ministro de Economía, Luis Caputo, había advertido que la eliminación a cero de las retenciones “implicaría tener un superávit equivalente a los US$8000 millones”.

“Más allá de que son un impuesto injusto, en estas condiciones era imprescindible bajar retenciones, el agro está al borde la quiebra. Desde la Coalición Cívica lo veníamos advirtiendo en todos lados”, dijo Juan Manuel López a LA NACION.

“La temporalidad tiene que ser permanente. El agro necesita reglas estables. Además, no queremos que la medida del Gobierno sea sólo para que el campo liquide como con el dólar soja temporal a lo Massa”, cuestionó.

La iniciativa de la Coalición Cívica lleva las firmas de López, Maximiliano Ferraro, Paula Oliveto, Mónica Frade, Marcela Campagnoli y Victoria Borrego, y toma la rebaja hecha por decreto por el Gobierno como alícuota máxima para este año, hace permanente y por ley las nuevas alícuotas y obliga al Ejecutivo a bajarlas todos los años un 20% hasta su eliminación total en 5 años. También deroga la delegación historia del código aduanero para establecerlas.

Según el texto del proyecto al que accedió LA NACION, se busca “hacer definitiva la rebaja de los derechos de exportación establecida por el gobierno y fijar un horizonte de reducción progresiva hasta su eliminación total preservando el equilibrio fiscal y brindando la previsibilidad que el sector necesita”.

“El presente proyecto de ley tiene por finalidad consolidar la reducción de los derechos de exportación aplicados a los productos agropecuarios, estableciendo un camino claro e irreversible hacia su eliminación total. En el contexto actual que atraviesa el sector agropecuario, no hay margen para medidas transitorias ni ajustes temporales de alícuotas, como los dispuestos en el decreto 38/2025. Por el contrario, resulta imprescindible garantizar que la rebaja de estos tributos sea definitiva y fijar un esquema de reducción progresiva que brinde previsibilidad y estabilidad a los productores”, se explicó.

El artículo uno del proyecto establece dejar sin efecto los derechos de exportación vigentes, con excepción de aquellos que recaen sobre las habas (porotos) de soja y sus subproductos, cuya alícuota no podrá superar el 26% del valor imponible o del precio oficial FOB; el trigo, cebada, maíz y sorgo y sus subproductos, cuya alícuota no podrá superar el 9,5% del valor imponible o del precio oficial FOB; el girasol y sus subproductos, cuya alícuota no podrá superar el 5,5% del valor imponible o del precio oficial FOB y las mercaderías relativas a las actividades minera e hidrocarburífera.

El artículo dos, en tanto, afirma que para la soja y subproductos, el trigo, cebada, maíz y sorgo y sus subproductos, y el girasol y sus subproductos se reducirán anualmente de la siguiente manera:

1. Transcurrido un año desde la sanción de la presente ley, la alícuota máxima será del 80% de la alícuota establecida en el artículo 1°.

2. Transcurridos dos años, la alícuota máxima será del 60% de la alícuota establecida en el artículo 1°.

3. Transcurridos tres años, la alícuota máxima será del 40% de la alícuota establecida en el artículo 1°.

4. Transcurridos 4 años, la alícuota máxima será del 20% de la alícuota establecida en el artículo 1°.

5. Transcurridos 5 años desde la sanción de la presente ley, las mercaderías comprendidas en los incisos a), b) y c) del artículo 1° no estarán sujetas a Derechos de Exportación.

El artículo 3, por último, deroga el artículo 755 de la ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, que es la que permite al Poder Ejecutivo subir las retenciones a las exportaciones.

“Los derechos de exportación constituyen un tributo distorsivo que desincentiva la producción de bienes exportables y afecta la competitividad del sector agropecuario. A nivel internacional, su aplicación es excepcional: menos de quince países los utilizan, y sólo un número reducido lo hace con alícuotas elevadas y una incidencia significativa en la recaudación. En la Argentina, estos derechos han gravado al sector agropecuario, limitando el crecimiento del principal generador de divisas del país y restringiendo su capacidad de inversión y desarrollo”, estiman los considerandos.

“Las alícuotas de estos tributos han variado a lo largo de los años debido a delegaciones legislativas que permitieron al Poder Ejecutivo fijarlas discrecionalmente según las necesidades recaudatorias. Como resultado, la estructura tributaria argentina se ha vuelto cada vez más dependiente de los ingresos provenientes del comercio exterior, afectando de manera desproporcionada al sector agropecuario. En este contexto, los productores han debido enfrentar una creciente carga tributaria y una permanente incertidumbre ante la posibilidad de nuevos aumentos”, señalaron.

“A pesar de las reiteradas promesas de alivios definitivos, la eliminación de los derechos de exportación sigue pendiente, sin un compromiso concreto para su eliminación en el corto o mediano plazo. En este sentido, desde la Coalición Cívica hemos sostenido siempre la necesidad de ‘dejar en paz al campo’ y reafirmamos nuestro compromiso con la eliminación total de estos tributos en el menor tiempo posible”, agregaron los diputados de la Coalición Cívica.

Según los diputados, en términos fiscales, la magnitud del impacto fiscal de esta iniciativa dependerá de la evolución de la cosecha y de los precios internacionales, en un contexto de alta volatilidad. “Sin embargo, tomando como referencia las proyecciones del gobierno en el proyecto de presupuesto 2025, la recaudación por derechos de exportación había sido estimada en un 1,4% del PBI. De este total, debe descontarse la rebaja ya dispuesta por el Gobierno, que este proyecto busca hacer permanente, y el 20% de reducción anual de las alícuotas. Como resultado, la pérdida de recaudación se estimaría en torno al 0,3% del PBI por año, hasta la eliminación total del tributo al quinto año”, explicaron sobre el costo.

Compensación fiscal

Según la Coalición Cívica, la reducción se vería compensada por el incremento de la actividad agropecuaria y el crecimiento previsto para el conjunto de la economía. “Este mismo criterio fue utilizado por el Gobierno al reducir temporalmente los derechos de exportación mediante el decreto 38/2025″, afirmaron los legisladores que responden a Elisa Carrió.

“Por último, el proyecto propone la derogación del artículo 755 del Código Aduanero”, señalaron y cerraron: “Esta norma ha permitido que sucesivos gobiernos aumenten los derechos de exportación sin la intervención del Congreso de la Nación, en clara contravención con el principio de legalidad que rige en materia tributaria. Tal ha sido el uso y abuso de esta herramienta que incluso fue mantenida en la reforma integral del Código Aduanero llevada adelante por el gobierno del presidente Milei mediante el DNU 70/2023. En este marco, consideramos que el alivio definitivo para los productores agropecuarios debe ir acompañado de la derogación de este artículo, garantizando que ni este gobierno ni ningún otro pueda fijar o aumentar los derechos de exportación sobre los productos agropecuarios”.

A fines de enero, el Gobierno publicó el decreto en el Boletín Oficial el detalle de cuánto de retenciones tributará cada uno de los productos. Además, reafirmó que, para acceder al beneficio que se extiende hasta el 30 de junio, hay que liquidar el 95% de lo que se declaró en 15 días hábiles, un tiempo que en el campo consideraron acotado, pero que ayudará al Banco Central (BCRA) a mantener la compra de reservas internacionales, actualmente en terreno negativo.

El ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró en conferencia de prensa: “Entendemos la situación (del campo), de la sequía y la baja del precio de los commodities”. Luego sostuvo que para concretar la eliminación a cero de las retenciones “implicaría tener un superávit equivalente a los US$8000 millones” que hoy no existe.

“Queríamos darle la señal al campo, un sector que tanto apoya al país”, y desde el próximo lunes hasta fin de junio “se bajarán temporariamente las retenciones a los principales cultivos, esto es soja poroto, soja aceite y harina, trigo, cebada, sorgo, maíz y girasol”. Con esa medida, y la eliminación de las retenciones a las economías regionales, “se avalan las promesas presidenciales”, indicó Caputo.



Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/buscan-que-la-baja-de-las-retenciones-quede-fija-por-ley-y-que-el-impuesto-muera-en-cinco-anos-nid04022025/

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